28/04/2024

Sobre Yuki, mi mascota y la Ley de bienestar animal

Yuki lleva con nosotros 16 años. Es una perra pequeña, pesa alrededor de dos kilos y medio (ahora bastante menos), mestiza, de color canela, con algunas manchas blancas y está un poco descentrada desde que la recogimos de la protectora. Es asocial, no quiere saber nada de los otros perros ni ningún otro humano que no sea del entorno familiar.

Su vida era normal, comía perfectamente, subía y bajaba las escaleras y todas esas cosas que suelen hacer los perros. Pero, de un día para otro, ha dejado de hacer todo eso. Ha dejado de andar, ha dejado de comer y ha dejado de ser lo que era. Parece que le haya dado un ictus o un Alzheimer explosivo y, para los que la conocemos, es irreconocible. De ser «el rabo de una lagartija» ha pasado a ser la rama caída de un árbol.

Al día siguiente de observar su cambio repentino, la llevé a la veterinaria a ver si sabía o al menos podía averiguar qué le estaba pasando. Me mando un protector de estómago y dieta blanda. Y según su criterio profesional, iríamos viendo según observáramos sus comportamientos y reacciones.

Al final, mi hija, muy observadora, nos indicó cuál podía ser el problema. Siempre ha tenido problemas con la boca: fabricaba sarro, de forma tal que los dientes se le convertían en una especie de pieza semejante a granito. Se le acabaron cayendo exceptuando una línea de molares. Hace tiempo la llevamos para que nos dieran una solución. La tuvieron que sedar para quitarle todo el sarro, semejante a una operación compleja. No sirvió de nada, a las tres semanas, más o menos, el sarro volvió a hacer acto de aparición. Poco después empezaron a caérsele los dientes y en el caso de los colmillos asemejaba un facóquero, bastante parecida a Pumba, esa especie de jabalí de la película «El Rey León». Y, hasta ahora, todo bien. Más o menos, la vejez tiene achaques desconocidos, sobre todo por la imposibilidad de comunicación verbal. Solo podíamos observar con detenimiento sus reacciones.

Como ya es muy mayor y parece que lo está pasando bastante mal, está muy delgada, ya que tenemos que darle de comer a través de jeringuilla, he estado revisando la ley de bienestar animal en lo referente al sacrificio. Esto es lo que me he encontrado al respecto:

CAPÍTULO II
Animales de compañía
Artículo 27. Prohibiciones específicas respecto de los animales de compañía.

Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 25, quedan expresamente prohibidas las siguientes actividades sobre los animales de compañía:

a) Su sacrificio, salvo por motivos de seguridad de las personas o animales o de existencia de riesgo para la salud pública, debidamente justificado por la autoridad competente.
Se prohíbe expresamente el sacrificio en los centros de protección animal, ya sean públicos o privados, clínicas veterinarias y núcleos zoológicos en general, por cuestiones económicas, de sobrepoblación, carencia de plazas, imposibilidad de hallar adoptante en un plazo determinado, abandono del responsable legal, vejez, enfermedad o lesión con posibilidad de tratamiento, ya sea paliativo o curativo, por problemas de comportamiento que puedan ser reconducidos, así como por cualquier otra causa asimilable a las anteriormente citadas.
La eutanasia solamente estará justificada bajo criterio y control veterinario, con el único fin de evitar el sufrimiento por causas no recuperables que comprometa seriamente la calidad de vida del animal y que como tal ha de ser acreditado y certificado por profesional veterinario colegiado. El procedimiento de eutanasia se realizará por personal veterinario colegiado o perteneciente a alguna Administración Pública con métodos que garanticen la condición humanitaria, admitidos por las disposiciones legales aplicables.

Básicamente, lo que permite esta ley es proteger el culo, el suyo y el de los legisladores, otorgando calidad de juez a los veterinarios que así lo deseen. Los que tengan cargo de conciencia no lo harán bajo ningún concepto. Me recuerda a los médicos que alegan que no practicaran abortos por causas morales. Algún veterinario que no tenga escrúpulos, se puede forrar con el boca a boca, «ve allí que ese por 50 pavos te soluciona el problema», a lo que hay que añadir incineración y demás. Sin embargo, otros, eso sí, después de cobrarte la consulta, no lo harán e intentarán enredarte para mantener a tu mascota en estado lamentable, pero viva hasta sus últimas consecuencias.

Entiendo que hay que proteger a los animales, pero los que los tenemos en casa vemos como sufren las consecuencias de una larga enfermedad, una indisposición que no tiene solución. Nos obligan a vagar por las consultas veterinarias con nuestras mascotas que han vivido tanto tiempo por el amor y el esmerado cuidado que les profesamos. La equiparación de animales sintientes con los mismos procesos que les aplicamos a los humanos me parece extralimitarse en las funciones de legislar. Sobre todo cuando te lees el artículo I en el que vienen las exclusiones específicas para determinar que es y que no un animal doméstico. El punto segundo dice:

2. Se entiende por derechos de los animales, su derecho al buen trato, respeto y protección, inherentes y derivados de su naturaleza de seres sintientes, y con las obligaciones que el ordenamiento jurídico impone a las personas, en particular a aquellas que mantienen contacto o relación con ellos.

Se excluyen, por tanto, los animales utilizados en los espectáculos taurinos, no incluye a los toreros, esos son de otra condición, aunque no te lo creas; los animales de producción, los animales usados para estudios científicos, los silvestres, faltaría más, así como los animales utilizados en actividades específicas (las deportivas reconocidas por el Consejo Superior de Deportes, las aves de cetrería, los perros pastores y de guarda del ganado) y los dedicados a una actividad o cometido concreto realizado conjuntamente con su responsable en un entorno profesional o laboral, como los perros de rescate, animales de compañía utilizados en intervenciones asistidas o los animales de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad o de las Fuerzas Armadas. Igualmente, quedarán excluidos los perros de caza, rehalas y animales auxiliares de caza. A lo mejor todos estos llegan a la edad adulta por ciencia infusaConjunto de conocimientos que se adquieren sin haberlos estudiado o aprendido. o cualquier otro método que la alquimia moderna no nos ha mostrado.

El texto enfatizado con negrita es el punto que más me molesta junto con los toros, porque estos antes de llegar a la plaza y después de que los puteen toreen, en este instante más que nunca, me parece una barbaridad. Los perros de caza son una comunidad aparte. Los hay que los cuidan y hay muchos, que al estar fuera de la ley de bienestar animal, hacen los que les viene en gana, a pesar de que cuando llega la época, en todos los telediarios salen noticias que parece que a nadie le importa y se ve el maltrato a los animales de caza o de entretenimientos varios como correr detrás de otros animales, colgando cuál adorno navideño del árbol.

Entiendo que las leyes, a los que nos portamos medianamente bien, no nos afectan, ni siquiera nos suelen importar. Pero esta exclusión me parece una falta de coraje por parte del gobierno socialista (PSOE), no así de su compañero de legislatura, el ya extinto Podemos, que se oponía frontalmente a la exclusión de ambos rangos de animales.

Por lo demás, una ley dura, como debe ser la ley, aunque con muchos resquicios legales y zonas neutras, puede que sí, pero no, o tal vez…, en las que se puede intervenir según le guste la sal al cocinero de turno.

YUKI MURIÓ
El miércoles 11 de octubre de 2023 a las 10:22, Yuki murió en mis brazos. No podía más y se dejo llevar con un último suspiro. Vayas donde vayas, encuentres lo que has dado: un por culo que te cagas. También era muy graciosa y rara.

Yuki 2007

Yuki 2023

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